ALZHEIMER: CUESTIONES LEGALES

La enfermedad del Alzheimer en un familiar, además de los aspectos emocionales que nos genera, tiene otros aspectos importantes que nos van a obligar a tomar decisiones. Es evidente la necesidad de preparación de toda la familia para entender, ayudar y convivir en todas las etapas de esta enfermedad. Pero hay una cuestión muy importante que, muchas veces, exige una decisión o trámite que se debe tomar cuando todavía el paciente tiene un aceptable nivel de cordura, y eso cuesta iniciarlo: la incapacidad legal.

Ya desde fases tempranas, y más a medida que progresa el deterioro cognitivo, el paciente pierde el control habitual de su patrimonio, son víctimas fáciles de estafadores de calle y de muchos tipos de delincuencia. Dinero, joyas, puertas abiertas… un sinfín de situaciones que muchas veces las familias descubren muy tarde.

Existen herramientas legales de gran ayuda para decidir nosotros mismos, antes de sufrir una enfermedad o accidente que nos afecte a la capacidad de juicio, quién y cómo queremos que nos cuide, así como de qué manera se gestionará nuestro patrimonio. Es aconsejable pensar en la delegación de voluntades antes de que aparezcan los síntomas de la enfermedad o, como muy tarde, cuando aparecen los primeros indicios de pérdida de memoria.


Si tienes dudas acude a un notario. Son profesionales del derecho y funcionarios públicos independientes, que trabajan para proporcionar seguridad jurídica preventiva. El notario te asesorará de manera gratuita de acuerdo a tus circunstancias y necesidades y garantizando que los trámites se ajustan a la legalidad. Es el notario quien nos podrá explicar todas las herramientas que, brevemente, explicaremos a continuación.


Herramientas legales de protección para personas con Alzheimer

La ley recoge diversas fórmulas legales para garantizar que se cumpla la voluntad de una persona que en un futuro podría ver anulada su capacidad de expresarla. Para ello, disponemos de cuatro herramientas jurídicas de utilidad para personas con Alzheimer:

El poder general preventivo

El denominado poder general preventivo sirve para designar a la persona que queremos que actúe en representación de nuestros intereses, por ejemplo para gestionar nuestro patrimonio. Es importante tener en cuenta que este trámite solo puede hacerse antes de que la persona haya perdido la capacidad de decidir.

Este poder es una gran descarga para el cuidador, porque le simplificará mucho las cosas, abaratará costes de representación jurídica y será de gran ayuda en caso de que la discapacidad del enfermo llegue de manera sobrevenida.

La autotutela

La autotutela es un documento que nos servirá para determinar quién queremos que se ocupe de nosotros y de nuestro patrimonio, en caso de que un juez haya declarado nuestra incapacidad. Como la decisión ha sido tomada por la propia persona afectada, antes de manifestarse la enfermedad, nos evitaremos conflictos familiares. Habrá sido él quien ha decidido quién puede atenderle mejor.

El testamento vital

También se denomina “documento de voluntades anticipadas”. Se trata de un instrumento jurídico que, en la fase final de la vida, evita situaciones innecesarias que pueden comportar más sufrimiento. Este documento permite a la persona decidir, entre otros, si en un futuro quiere aceptar o descartar determinados procedimientos terapéuticos específicos. También nos sirve para designar a un interlocutor con el personal médico si ya no podemos expresar nuestra voluntad por nosotros mismos.

El testamento

Es la herramienta jurídica más conocida, con la que podremos decidir sobre nuestros bienes materiales. Es importante hacer testamento antes de que nos sobrevenga cualquier enfermedad o accidente. Esto servirá para decidir sobre el destino de nuestros bienes, porque si no lo hacemos, la ley lo hará por nosotros. Si el testamento se realiza cuando la enfermedad ya está avanzada éste puede ser invalidado. Esto ocurre para protegernos ante posibles “herederos sibilinos”. Por lo que, si queremos que se respeten nuestras últimas voluntades, conviene elaborarlo lo antes posible.

La incapacidad legal

Si no hay ningún testamento o poder general previo y la enfermedad entra en una fase de alto riesgo para la gestión de la vida y el patrimonio de la persona porque no está en condiciones de tomar decisiones, el Código Civil prevé recurrir a la incapacidad.

Lo que se hace en estos casos es acudir ante el Juez, con el propio paciente y con el diagnóstico médico, e incluso con las evidencias de descontrol (importante en los caso en los que el enfermo no reconoce su estado) para que declarándose la incapacidad legal se pueda designar una tercera persona como tutor del enfermo con Alzheimer.

El tutor tendrá la potestad y estará obligado a velar por los derechos y el bienestar del enfermo.

¿Quién puede solicitar la incapacitación judicial de una persona con Alzheimer?

Cuando se hace necesario solicitar la incapacitación judicial de una persona enferma, ya sea porque padece Alzheimer o porque sufre o ha sufrido cualquier otro proceso o accidente, es porque ella ya no puede iniciar ningún tipo de trámite de manera autónoma.

La persona que, en su lugar, puede iniciar la petición de incapacitación judicial es el cónyuge o los descendientes (hijos o nietos), ascendientes (padres o abuelos) o hermanos. En otros casos, si fuera necesario, también puede hacerlo el Ministerio Fiscal.

¿Cuándo se puede iniciar la petición de incapacitación judicial?

La petición de incapacitación judicial puede solicitarse si antes no se han firmado unos poderes preventivos o una autotutela, mecanismos legales que resultan útiles para no tener que llegar a este extremo; en cualquier momento en el que la capacidad para tomar decisiones de la persona enferma esté muy comprometida.

Si la familia se encuentra desamparada en lo relativo a la toma de decisiones sobre el enfermo, es conveniente recurrir a la incapacitación. Mediante un procedimiento judicial, el juez sentenciará quien será el tutor de la persona enferma. En esta misma sentencia se detalla la extensión y los límites de la incapacitación.

¿Es complicado?

La incapacitación judicial para personas con Alzheimer no es un proceso sencillo. Puede ser emocionalmente duro y costoso en lo económico.

Sin embargo, es la última alternativa que tienen a su alcance los familiares para proteger a la persona enferma de sus propias decisiones en ámbitos cotidianos, por ejemplo, respecto a sus finanzas o a asuntos médicos. También en situaciones más excepcionales, como la compraventa de bienes o la gestión de depósitos bancarios.

En cualquier caso, el tutor siempre permanece bajo la vigilancia del fiscal y el control del juez, a quien ha de rendir cuentas anualmente sobre las decisiones tomadas.

¿Cuánto cuesta la incapacitación judicial y dónde se debe solicitar?

Esta petición debe iniciarse ante un juez. El coste del proceso es importante y puede oscilar entre los 1.000 y los 2.000 euros, aproximadamente.

Por eso es importante que, ante el diagnóstico de la enfermedad de Alzheimer y mientras el enfermo sea capaz, hayamos realizado todas las gestiones necesarias para no tener que llegar a la incapacitación judicial, que más allá de lo costoso puede resulta doloroso por exponer al enfermo a la evidencia de su discapacidad cuando todavía tiene un nivel alto de conciencia o incluso no ha llegado a asimilar su estado.